Frente a norma no limitativa, no cabe límite interpretativo: el Tribunal Supremo crea jurisprudencia sobre el art. 7.p) Ley IRPF
Enviado por Editorial el Lun, 15/04/2019 - 13:17Vale cualquier tipo de desplazamiento, y no obsta a la exención que el beneficio del servicio lo sea también para el empleador
A pesar de que la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de marzo de 2019 parece encaminada a resolver un supuesto muy concreto, cual es el de la aplicación de la exención del IRPF a las rentas obtenidas en el extranjero por funcionarios destacados en organismos internacionales más allá de nuestras fronteras, la resolución contiene una verdadera declaración de intenciones sobre lo que debe entenderse por el contenido material de esta exención.




