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Manual tributario 2013
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Las comunidades de propietarios, al carecer de personalidad jurídica, pagarán la tasa judicial reducida

La Dirección General de Tributos, en su consulta de 26 de abril de 2013, señala que dada la ausencia de personalidad jurídica propia de las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal, que son representadas en juicio y en la defensa de sus intereses por la junta directiva y, en particular, por el presidente de cada comunidad, tendrán que pagar las tasas judiciales reducidas, del 0,1 por ciento, en vez de la del 0,5 por ciento, en todos los procedimientos judiciales que emprendan, al carecer de personalidad jurídica propia.

El régimen transitorio de la deducción por vivienda permite recuperar el derecho a la deducción perdido por cambio de residencia

Así queda puesto de manifiesto en la consulta de 4 de marzo de 2013, recientemente publicada por la Dirección General de Tributos, que aborda la tributación de un contribuyente por el IRPF, que pasa a serlo por el IRNR al perder su residencia fiscal en España por razón de un traslado al extranjero, por lo que tiene que ver con su deducción por inversión en vivienda habitual.

La Administración Tributaria analiza ahora el nuevo supuesto de inversión del sujeto pasivo en las entregas de bienes inmuebles

Si bien a principios de año, la Dirección General de Tributos se centró en analizar detalladamente los supuestos de inversión de sujeto pasivo en las ejecuciones de obra, ahora, en consulta de 24 de abril de 2013, se centra en el apartado e) del mismo art. 84.Uno.2º, es decir, en los supuestos de inversión de sujeto pasivo en las entregas de bienes inmuebles.

Entiende que el estudio del mecanismo de inversión del sujeto pasivo previsto en el mencionado artículo de la Ley 37/1992 (Ley IVA) exige una delimitación positiva de las operaciones incluidas y otra negativa de las excluidas y en ese sentido lo analiza.

Apertura de cita previa para Renta 2012. Presentación de declaraciones de IRPF y Patrimonio 2012

Apertura de cita previa para Renta 2012. Presentación de declaraciones de IRPF y Patrimonio 2012

El 6 de mayo comienza el servicio de petición de cita previa para confección de declaraciones y modificación de borradores. Se podrá concertar la cita por Internet o llamando a los teléfonos 901 12 12 24 (durante las 24 horas) y 901 22 33 44 (de lunes a viernes de 9 a 19 horas); el último día para solicitar cita previa será el 28 de junio.

También se recuerda que el día 6 de mayo comienza el plazo para la presentación de declaraciones no telemáticas de Renta 2012 en Oficinas, Entidades Financieras y otras colaboradoras.

Fuente: AEAT (07/05/2013)

El Impuesto sobre Sociedades en 2012 (II). La actualización de balances

La actualización de balances tuvo su primera expresión positiva en el albor de los años sesenta del pasado siglo. El objetivo de aquellas singulares normas fue poner al día unos balances que habían sufrido los embates de la inflación y de las restricciones inherentes a una política económica autárquica ya agotada. Es obvio que la vigente actualización de balances se produce en un contexto bien diferente y, sin embargo, su estructura normativa apenas ha variado.

El presente artículo describe las líneas básicas de las normas relativas a la actualización de balances contenidas en el artículo 9 de la Ley 16/2012, y esboza algunas reflexiones que, en esencia, tratan de orientar una respuesta para la pregunta siguiente: ¿han podido dichas normas vencer los rigores del paso del tiempo?

Palabras clave: Impuesto sobre Sociedades, actualización de balances y Ley 16/2012.

 

Eduardo Sanz Gadea
Licenciado en Derecho y Ciencias Económicas

Hacienda devuelve en abril las cotizaciones de la paga extra de diciembre a los empleados públicos

Hacienda devuelve en abril las cotizaciones de la paga extra de diciembre a los empleados públicos

En virtud de lo recogido en la Disposición Única del Real Decreto Ley 3/2012 de Reforma Laboral, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha dispuesto que en la nómina del mes de abril se devuelvan las cotizaciones de la paga extra de diciembre.

En la nómina de los funcionarios que están en activo se ha consignado de forma expresa y por separado la cantidad minorada.

En el caso de los funcionarios que no se encuentran en situación de servicio activo o equivalente se les abonará en el mes de mayo una cantidad equivalente al importe que el funcionario abonó en el mes de diciembre por dichos conceptos.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Programa nacional de reformas y actualización del programa de estabilidad

 Programa nacional de reformas y actualización del programa de estabilidad

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a la Unión Europea y a la Comisión Europea del Programa Nacional de Reformas 2013 y de la actualización del Programa de Estabilidad de España 2013-2016. Ambos documentos recogen la estrategia de política económica para los próximos años. En ellos se hace un diagnóstico de la situación que atraviesa la economía española, se establece un escenario realista para los próximos años y se fijan las medidas a adoptar. El objetivo es perseverar en la corrección de los desequilibrios y sentar las bases de la recuperación y la creación de empleo, que llegarán en 2014.

Para garantizar la senda de consolidación fiscal se mantendrán en 2014 las medidas adoptadas con carácter temporal para 2012 y 2013 en el Impuesto sobre Sociedades, IRPF e IBI que han supuesto una mayor contribución al esfuerzo conjunto por parte de grandes empresas y mayores perceptores de renta.

El TJUE condena a España por diferencia de trato en el pago del gravamen sobre las plusvalías latentes en supuestos de traslado de residencia o transferencia de activos, a otro Estado miembro

Ante la solicitud de la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado, en sentencia de 25 de abril de 2013, que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del art. 49 del Tratado de 25 de marzo de 1957 (Funcionamiento de la UE) al adoptar el art. 17.1, letras a) y c), del RDLeg. 4/2004 (TR Ley IS), y en virtud del cual, en los casos de traslado, a otro Estado miembro, de la residencia de una sociedad establecida en España y de transferencia, a otro Estado miembro, de activos de un establecimiento permanente situados en España, las plusvalías no realizadas se integran en la base imponible del ejercicio fiscal, mientras que tales plusvalías no tienen consecuencias fiscales inmediatas si esas operaciones tienen lugar dentro del territorio español.

Restitución de impuestos recaudados infringiendo el Derecho de la Unión: período de cómputo de intereses

De reiterada jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se deduce que el derecho a obtener la devolución de los tributos recaudados en un Estado miembro infringiendo el Derecho de la Unión es la consecuencia y el complemento de los derechos conferidos a los justiciables por las disposiciones del Derecho de la Unión que prohíben tales tributos. Por lo tanto, en principio, el Estado miembro está obligado a devolver los tributos recaudados en contra de lo dispuesto en el Derecho de la Unión.

Presentación del modelo 108. Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012 para contribuyentes del IRPF. Autoliquidación

Presentación del modelo 108. Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012 para contribuyentes del IRPF. Autoliquidación

Desde el 24 de abril está disponible en la página web de la AEAT la presentación electrónica del modelo 108 para los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas y se hayan acogido a la revalorización de valores prevista en el artículo 9 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre.

El modelo 108 y la declaración de la Renta 2012 han de presentarse conjuntamente y de forma obligatoria por Internet, ya sea con el número de referencia obtenido a través del servicio RENØ, o utilizando certificado electrónico o DNI-e.

Fuente: AEAT (26/04/2013)

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