Sobre el peligro de los desplazamientos recurrentes a efectos de la consideración de establecimiento permanente
Enviado por Editorial el Mié, 18/06/2014 - 11:22La Dirección General de Tributos ha dado contestación el 14 de abril de 2014 a una de sus consultas, sobre el concepto de establecimiento permanente, en la que la importancia viene dada por el repaso detallado que contiene sobre el concepto ‘lugar fijo de negocios’, que es el requisito base para la consideración de la existencia de un establecimiento permanente de una persona, física -como en este caso-, o jurídica, fuera del Estado del que es residente.