Doctrina Administrativa

La prima que aplica a sus clientes una empresa de mudanzas, por un seguro que ella contrata, está exenta

La Dirección General de Tributos, en consulta de 9 de junio de 2014, analiza si la prima que una empresa de mudanzas aplica a sus clientes, por un seguro que contrata con una entidad aseguradora para cubrir el riesgo de deterioro de las mercancías durante el traslado, está o no exenta.

Pues bien, al objeto de analizar la tributación de las operaciones de seguro en el IVA, ha de tenerse en cuenta que, de acuerdo con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 25 de febrero de 1999, la exención que se aplica a las operaciones de seguro y reaseguro en virtud del art. 13.B.a) de la Sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo (Sistema Común del IVA: Base imponible uniforme) -actual art. 135.1.a) de la Directiva 2006/112/CE del Consejo (Sistema Común del IVA)- transpuesto al ordenamiento interno por el art. 20.Uno.16º de la Ley 37/1992 (Ley IVA), no está subordinada al hecho de que la entidad que presta el servicio sea una entidad aseguradora, sino que por razones de neutralidad esta exención es igualmente aplicable a servicios de seguros prestados por otros empresarios o profesionales.

Selección de doctrina administrativa. Septiembre 2014 (1.ª quincena)

Tributación del no residente por las rentas derivadas de opciones sobre acciones obtenidas por sus servicios prestados en España

La Dirección General de Tributos ha publicado la consulta, de 27 de junio de 2014, que analiza la tributación de las rentas derivadas de la entrega de opciones sobre acciones cuando el perceptor no es residente en España y la entrega de esas opciones fue consecuencia de prestaciones de servicios que realizó en nuestro país.

El retraso generalizado y sistemático en el pago, por parte de entes de derecho público, no es argumento para optar por el criterio de caja

El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su Resolución de 3 de julio de 2014, analiza si el retraso generalizado y sistemático en pago por parte de los clientes, que en este caso son entidades de Derecho Público, es argumento suficiente como para poder optar por el criterio de caja.

Selección de doctrina administrativa. Julio (2.ª quincena) y Agosto 2014

Cómo evitar la aplicación de la cláusula antiabuso y disfrutar de la exención de los dividendos matriz-filial

La Dirección General de Tributos ha hecho pública su consulta de 17 de junio de 2014, que analiza la situación de un grupo de empresas con filial en España y matriz residente en territorio de la Unión Europea –Suecia-, ambas pertenecientes a una holding con residencia en Estados Unidos, sobre las que se plantea la eventual aplicación de la cláusula antiabuso contenida en la regulación de la exención relativa a los dividendos  que las filiales reparten a sus filiales, más conocida como exención matriz-filial.

Preguntas frecuentes sobre el Acuerdo FATCA entre España y Estados Unidos y su normativa de desarrollo

La AEAT, ha incluido en su página web una relación de preguntas frecuentes sobre el Acuerdo entre España y EE. UU. para la aplicación de la Ley de Cumplimiento Tributario de cuentas extranjeras-FATCA y la Orden HAP/1136/2014 que lo desarrolla y aprueba el modelo 290 de declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses.

Informe sobre el tratamiento en el IVA de los servicios públicos de Radio y Televisión

Como consecuencia de reiteradas solicitudes de devolución del IVA soportado planteadas por sociedades y entes que prestan los servicios públicos de Radio y Televisión, en las que dichas entidades han considerado como deducibles la totalidad de las cuotas de IVA soportadas en sus adquisiciones de bienes y servicios, la Subdirección General de Asistencia Jurídica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha emitido un informe de 22 de julio de 2014, sobre la tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de determinadas actividades efectuadas por los citados servicios públicos de radio y televisión y en especial de su régimen de deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de bienes y servicios.

Tratamiento en el IRPF de un contrato FOREX

La Dirección General de Tributos ha analizado en su consulta, de 20 de mayo de 2014, el tratamiento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los resultados obtenidos en un contrato sobre pares de divisas –contrato FOREX-. La consulta mencionada la podemos desglosar en tres partes: contrato, delimitación de los rendimientos dentro del IRPF e imputación temporal.

Selección de doctrina administrativa. Julio 2014 (1.ª quincena)

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