Efectos de la calificación urbanística de un terreno en el IBI
Enviado por Editorial el Lun, 13/10/2014 - 10:52El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en su sentencia de 5 de junio de 2014, nos dice que la consideración de una finca como suelo urbano, es competencia del Catastro Inmobiliario, sin que ni el Ayuntamiento, ni tampoco el Juzgado en la impugnación jurisdiccional de las liquidaciones por IBI, puedan entrar a pronunciarse sobre la misma.
No es posible impugnar la liquidación efectuada por el Ayuntamiento en base a argumentos de gestión catastral, que deberá ser recurrida ante los Tribunales Económico-Administrativos del Estado.