Foral

Gipuzkoa incrementa progresivamente la exención de algunos premios de loterías en el IRPF

Mediante Decreto Foral Norma se incrementa el importe de la exención en el IRPF a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros, al igual que en el territorio estatal.

En el BOG de 24 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 2/2018, de 17 de julio, por el que se modifica la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, en lo relativo al gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 ha incrementado el importe de la exención a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros.

Este Decreto Foral-Norma, modifica la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de establecer, con carácter de urgencia, el aumento progresivo de esta exención y además adaptar la Normativa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente por la remisión que en la misma se realiza a la Norma Foral de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con la exención en el referido gravamen especial.

Alava incrementa progresivamente la exención de algunos premios de loterías en el IRPF

Mediante Decreto Foral de Urgencia Fiscal se incrementa el importe de la exención en el IRPF a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros, al igual que en el territorio estatal.

En el BOTHA de 23 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 1/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 17 de julio, que aprueba la modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 ha incrementado el importe de la exención a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros.

Este Decreto Normativo de Urgencia Fiscal, modifica la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de establecer, con carácter de urgencia, el aumento progresivo de esta exención y además adaptar la Normativa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente por la remisión que en la misma se realiza a la Norma Foral de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con la exención en el referido gravamen especial.

El transporte colectivo pagado por la empresa para ir a trabajar no será renta en especie en Alava

Alava es el primer territorio histórico del País Vasco en no considerar, con efectos desde el 1 de enero de 2018 rendimiento de trabajo en especie las cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio de transporte colectivo de viajeros con la finalidad de favorecer el desplazamiento de los empleados y empleadas entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales.

En el BOTHA de 20 de julio de 2018 se ha publicado la NORMA FORAL 11/2018, de 11 de julio, de modificación de la Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de considerar la utilización del transporte colectivo para traslado a los centros de trabajo como retribución en especie exenta de tributar. 

Alava ha sido el primer territorio histórico del País Vasco en no considerar, con efectos desde el 1 de enero de 2018 rendimiento de trabajo en especie las cantidades satisfechas, siempre que exista este compromiso en el respectivo convenio colectivo o acuerdo social, a las entidades encargadas de prestar el servicio de transporte colectivo de viajeros con la finalidad de favorecer el desplazamiento de los empleados y empleadas entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales para cada persona trabajadora. También tendrán la consideración de cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el citado servicio público, las fórmulas indirectas de pago que cumplan las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

Navarra armoniza su normativa de IVA, Impuestos Especiales, Impuesto sobre los Premios de loterías

Navarra incorpora las modificaciones previstas en la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para 2018 en materia de IVA, Impuesto sobre los Gases Fluorados, elimina el tipo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos y prevé el aumento progresivo hasta 2020 de la cuantía de los premios exentos de determinadas loterías y apuestas.

A los efectos de armonizar al normativa fiscal Navarra con las modificaciones previstas en el territorio común del Estado en la  Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018,  en el BON de 18 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2018, de 4 de julio, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido; la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales; la Ley Foral 11/2015, de 18 de marzo, por la que se regulan el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito; y el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Bizkaia aprueba el desarrollo catastral de los bienes inmuebles de características especiales (BICEs)

Bizkaia completa la reforma del IBI comenzada en 2016 con la aprobación de las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales y la modificación del Reglamento del Catastro Inmobiliario al objeto de aprobar las nuevas ponencias de valores referidas a estos bienes.

En el BOB de 13 de julio de 2018 se han publicado el DECRETO FORAL 92/2018, de 3 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia y el DECRETO FORAL, 91/2018, de 3 de julio, por el que se aprueban las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los bienes inmuebles de características especiales.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de 24 de mayo de 2016, se publicaron la NORMA FORAL 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia y la NORMA FORAL 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, iniciando así la reforma del IBI, tributo directo de carácter real y de exacción obligatoria que grava el valor de los bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana sitos en cualquier término municipal del Territorio Histórico de Bizkaia y está considerado como la piedra angular del sistema tributario local por constituir una de las principales fuentes de recaudación de los ayuntamientos.

Entre las modificaciones más significativas de esta nueva normativa tenemos la introducción de una tercera categoría de bienes, los bienes de características especiales, la sistematización y ordenación de las exenciones y bonificaciones, y lo más destacable fue la nueva configuración y determinación del tipo de gravamen que se encuentra directamente vinculado con los valores catastrales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2017.

Navarra aprueba la Ley Foral de Ciencia y Tecnología, apostando por la I+D+i

Debe estimularse la I+D+i, pues aumenta la prosperidad, mejora la calidad de vida y proporciona soluciones creativas a los grandes retos de nuestra sociedad. Para ello en el diseño del sistema fiscal se tendrán en cuenta aquellos principios que contribuyan a mejorar el posicionamiento de Navarra en I+D+i.

En el BON de hoy, 12 de julio de 2018 se ha publicado la LEY FORAL 15/2018, de 27 de junio, de Ciencia y Tecnología en la que se establece el objetivo de estimular la I+D+i del sector privado, en el diseño del sistema fiscal se tendrán en cuenta aquellos principios que contribuyan a mejorar el posicionamiento de Navarra en este campo.

La ley recoge las medidas para el impulso de la investigación científica y técnica, la innovación, la transferencia del conocimiento, la difusión de la cultura científica, tecnológica e innovadora y asume el objetivo de inversión en I+D+i el 3% del PIB fijado por la Unión Europea para 2030. Establece como objetivo deseable un modelo en el que el sector privado alcance una inversión en I+D+i del 2% y el sector público del 1% del PIB y deja por escrito el compromiso de que el importe de los Presupuestos Generales de Navarra destinados a la promoción de la I+D+i se incrementar anualmente hasta alcanzar los objetivos de financiación pública establecidos para 2030.

Álava aprueba una nueva norma sobre Tasas y Precios Públicos del Sector Público

Publicada una nueva norma foral para establecer un marco normativo actualizado, sencillo, claro y único de las tasas y precios públicos en el sector público foral de Álava.

En el BOTHA de 6 de julio de 2018 se ha publicado la NORMA FORAL 9/2018, de 27 de junio, del Territorio Histórico de Álava, de Tasas y Precios Públicos del Sector Público Foral de Álava.

Con la presente norma foral se pretende actualizar la regulación de las tasas y los precios públicos existentes en el sector público foral, constituir un instrumento legal para la racionalización y simplificación del sistema de ingresos públicos tributarios diferentes a impuestos y contribuciones especiales, combinando el principio de equivalencia con el de capacidad contributiva, ampliar a las entidades del sector público foral de Álava, nuevo concepto inexistente en 1989, la posibilidad de obtener tales ingresos públicos, eximir de la aplicación de la normativa foral de tasas y precios públicos a las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, una vez que la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público ha introducido tal inaplicación de la Ley 8/1989 de Tasas y Precios Públicos estatal, con carácter básico, y en aras de una mayor seguridad jurídica, establecer un marco normativo actualizado, sencillo, claro y único de las tasas y precios públicos en el sector público foral de Álava, dado que desde 1989 la gestión y liquidación de las tasas y precios públicos por parte de tales entidades pertenecientes al sector público foral se encuentra dispersa en las normas de creación de tales entidades y en las propias de ejecución presupuestaria de cada ejercicio.

Modificación de los reglamentos del IVA y facturación de Alava

Con motivo de la introducción del suministro inmediato de información en el Impuesto sobre el Valor Añadido y del nuevo sistema de llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Álava, con efectos desde 1 de enero de 2018 es necesario modificar el reglamento del impuesto sobre el valor añadido y el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

En el BOTHA de 4 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL 29/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 26 de junio por el que se aprueba la modificación del reglamento del impuesto sobre el valor añadido, aprobado por Decretos Forales 124/1993, de 27 de abril, y 18/2013, de 28 de mayo, que aprobó el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Modificación del reglamento de revisión administrativa de Gipuzkoa

Entre las modificaciones destaca la suspensión de los procedimientos de revisión por la tramitación de los procedimientos amistosos, suspensión de sanciones tributarias como consecuencia de su impugnación, cambia el término “desacumulación”, se aborda el tema de las cuestiones conexas y del uso de medios electrónicos en la notificación de procedimientos y la regulación de la tramitación de las cuestiones prejudiciales y de un recurso específico de ejecución.

En el BOG de hoy se ha publicado el Decreto Foral 21/2018, de 26 de junio, por el que se modifica el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Decreto Foral 41/2006, de 26 de septiembre

La modificación de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa mediante la Norma Foral 1/2017, hace necesario adaptar el reglamento de revisión en vía administrativa respecto a cuestiones tales como la tramitación de los procedimientos por medios electrónicos, la incidencia de las resoluciones en el caso de existencia de obligaciones conexas, la suspensión de los procedimientos de revisión en caso de iniciarse procedimientos amistosos o la regulación de los recursos de anulación o contra la ejecución.

Navarra modifica los reglamentos de IVA y de facturación para adaptarlos al SII

El 28 de junio de 2018, se ha publicado en el BON, el DECRETO FORAL 47/2018, de 27 de junio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Decreto Foral 23/2013, de 10 de abril.

El 1 de enero de 2018 ha entrado en funcionamiento en la Comunidad Foral el sistema de gestión tributaria en el Impuesto sobre el Valor Añadido, denominado Suministro Inmediato de Información. Por ello es necesario acometer una serie de modificaciones en  el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido para facilitar la adopción de dicho sistema a determinados colectivos o sectores de actividad que precisan una mayor especialidad en lo referente a la aplicación del nuevo sistema de gestión tributaria.

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