Las hojas de cálculo, las bases de datos y los procesadores de texto pueden considerarse sistemas informáticos de facturación estando sujetas al Reglamento Veri*factu
Enviado por Editorial el Lun, 28/04/2025 - 11:07De nuevo la DGT es consultada en relación con la aplicación del Reglamento 1007/2023.
La contribuyente de la consulta vinculante V0073/2025, de 3 de febrero de 2025, emite facturas en PDF mediante procesadores de texto, hojas de cálculo o bases de datos.
En principio, si no empleara un sistema informático de facturación (como ocurre con facturas manuscritas), no estaría obligada a cumplir con el Real Decreto 1007/2023, Reglamento Veri*factu.
Sin embargo, las hojas de cálculo y bases de datos pueden considerarse sistemas informáticos de facturación, ya que permiten procesar y conservar información de forma automatizada. Por tanto, podrían estar sujetas al nuevo Reglamento.














