Tipo de gravamen del IS aplicable en el cálculo de la deducción por doble imposición internacional en caso de grupo fiscal con rentas obtenidas en el extranjero mediante EP
Enviado por Editorial el Mié, 18/06/2025 - 10:54Criterio del TEAC sobre el límite del art. 31.1.b) LIS en grupos fiscales: la deducción por doble imposición internacional debe calcularse al tipo general del grupo, no al tipo especial de la entidad.
La cuestión central que aborda la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en la resolución RG 2655/2024, de 31 de marzo de 2025, gira en torno a la correcta determinación del importe de la deducción por doble imposición internacional aplicable en el Impuesto sobre Sociedades (IS), en el seno de un grupo fiscal acogido al régimen especial de consolidación fiscal.














