El TJUE declara que los regalos por suscribirse a publicaciones periódicas son a efectos de IVA una prestación accesoria a la prestación principal y no debe considerarse una transmisión de bienes a título gratuito
Enviado por Editorial el Vie, 06/10/2023 - 11:23La concesión de un regalo de suscripción como contrapartida por la suscripción de un abono a publicaciones periódicas constituye una prestación accesoria a la prestación principal consistente en el suministro de publicaciones periódicas, que está comprendida en el concepto de «entrega de bienes realizada a título oneroso», y que no debe considerarse una transmisión de bienes a título gratuito, de acuerdo con el art. 16 de la Directiva IVA.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 5 de octubre de 2023 analiza si la concesión de un regalo de suscripción como contrapartida por la suscripción de un abono a publicaciones periódicas está comprendida en el concepto de «entrega de bienes realizada a título oneroso», o si la concesión de tal regalo, al constituir una operación distinta de la operación de suscripción, debe considerarse una transmisión de bienes a título gratuito, concluyendo finalmente que en el caso planteado en el litigio principal la concesión de un regalo de suscripción como contrapartida por la suscripción de un abono a publicaciones periódicas constituye una prestación accesoria a la prestación principal consistente en el suministro de publicaciones periódicas, que está comprendida en el concepto de «entrega de bienes realizada a título oneroso», conforme a los arts. 2.1.a), y 16 (pffo primero) de la Directiva 2006/112.