La consolidación del dominio no es una transmisión pero sí altera la afectación de los bienes a la actividad económica
Enviado por Editorial el Jue, 02/10/2014 - 14:33La Audiencia Nacional ha publicado una interesantísima sentencia, de fecha 4 de junio de 2014, que tiene que ver con una institución, la del derecho real de usufructo, que a pesar de su frecuente uso, no por ello tiene correctamente delimitadas sus consecuencias en el orden tributario.
Ciertamente, se trata de una figura de muy frecuente empleo en el círculo familiar, en el que bien mediante la figura de la donación, bien con ocasión del fallecimiento de una persona, se pretende proteger al titular del bien transmitido o bien a su cónyuge o familiares más allegados, respectivamente, manteniéndoles en el disfrute del bien que sale fuera del patrimonio de su propietario -o lo hace por aplicación de la ley- a la par que se realiza la transmisión.