Reconocida la legalidad comunitaria del régimen de las transmisiones por equiparación del artículo 108 de la LMV
Enviado por Editorial el Lun, 24/03/2014 - 14:31El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en respuesta a cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo (Vid., auto TS, de 9 de febrero de 2012, recurso nº 7199/2004) a raíz de un recurso planteado por una de nuestras más importantes entidades bancarias, ha hecho pública su sentencia de 20 de marzo de 2014, en la que viene a dar luz verde al régimen de las transmisiones patrimoniales por equiparación (las transmisiones de inmuebles solapadas a través de transmisiones de participaciones en entidades cuyo activo está principalmente compuesto por bienes inmuebles) establecido en el art. 108 Ley 24/1988 (Mercado de Valores), conforme al cual se habilita a someter ese tipo de operaciones al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, privándoles de la exención reconocida a las transmisiones de valores en general.