Está sujeta a AJD la transmisión de la participación indivisa de una oficina de farmacia sin local
Enviado por Editorial el Vie, 25/09/2015 - 11:33El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en una sentencia de 15 de junio de 2015, ha concluido que procede la sujeción al ITP y AJD, en su modalidad de Actos Jurídicos Documentados de la transmisión de la participación indivisa de una oficina de farmacia, aun no existiendo inmuebles, aunque la Ley 37/1992 (Ley IVA) declara no sujeta por este tributo tales transmisiones, y el RDLeg 1/1993 (TR Ley ITP y AJD), según interpretación de la STS de 17 de diciembre de 2012 en un recurso de casación en interés de ley, [Vid., STS, de 17 de diciembre de 2012, recurso n.º 1846/2011], la declara no sujeta al ITP si no existen inmuebles que resultarían gravados.