Deducibilidad en el IS de una retribución vitalicia al antiguo administrador tras su jubilación
Enviado por Editorial el Lun, 29/06/2026 - 15:57La deducibilidad fiscal de la prestación vitalicia satisfecha a un antiguo administrador por su jubilación dependerá de su naturaleza jurídica y de su calificación a efectos del IS. En particular, será determinante establecer si constituye un compromiso por pensiones o una contingencia análoga, ya que, en ese caso, resultará de aplicación el art. 14 LIS. Además, deberán valorarse las circunstancias concretas de la obligación asumida, como su origen y su adecuado tratamiento contable.
La sociedad contribuyente de la consulta de la DGT V0972-26, de 30 de abril de 2026, va a satisfacer una retribución vitalicia al anterior administrador único de la sociedad por jubilación. Se plantea: (i) deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de la retribución a satisfacer al anterior administrador, (ii) tributación en el IRPF de la renta vitalicia en sede del administrador, y si es posible la aplicación de alguna reducción.














