El Sistema Veri*Factu resulta aplicable aun cuando las facturas se emitan a clientes intracomunitarios o de terceros países
Enviado por Editorial el Jue, 09/04/2026 - 15:27Aplicación del Real Decreto 1007/2023 a las facturas emitidas por empresarios y profesionales establecidos en España a clientes intracomunitarios y de terceros países: alcance de la obligación de utilizar sistemas informáticos de facturación conformes, independencia del lugar de establecimiento del destinatario y distinción entre facturación manual y electrónica.
El texto de la consulta tributaria de la DGT V0100-26, de 20 de enero de 2026, analiza si el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 resulta aplicable a facturas emitidas por un profesional establecido en España cuando presta servicios a clientes internacionales, tanto intracomunitarios como situados fuera de la Unión Europea.
El contribuyente es una persona física que desarrolla una actividad económica en España y presta servicios a personas no residentes, emitiendo las correspondientes facturas. Dichas operaciones ya se declaran en modelos tributarios periódicos (303, 390 y 349), y la duda consiste en determinar si esas facturas, pese a dirigirse a clientes extranjeros, deben cumplir los requisitos del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023.














