Un Juzgado de León aplica la inconstitucionalidad de la IIVTNU
Enviado por Editorial el Mié, 12/07/2017 - 09:17El Juzgado de León aplica la inconstitucionalidad en el IIVTNU de la determinación del incremento de valor conforme a la evolución de los valores catastrales en supuestos de no incremento o decremento.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 3 de León, de 20 de junio de 2017, aplica la inconstitucionalidad declarada en la STC, n.º 59/2017, de 11 de mayo de 2017, al igual que hicieran las STC n.º 26/2017, de 16 de febrero de 2017 y en la STC 37/2017, de 1 de marzo de 2017 respecto a la normativa foral del IIVTNU de Gipuzkoa y Alava, respectivamente, en el caso de la regulación estatal del impuesto conocido como “plusvalía” en los supuestos de no incremento, o incluso de decremento, en el valor de los terrenos de naturaleza urbana, puesto que grava una renta ficticia en la medida en que, al imponer a los sujetos pasivos del impuesto la obligación de soportar la misma carga tributaria que corresponde a las situaciones de incrementos derivados del paso del tiempo, está sometiendo a tributación situaciones de hecho inexpresivas de capacidad económica, lo que contradice frontalmente el principio de capacidad económica que garantiza el art. 31.1 CE.