No está sujeta al impuesto sobre los gases fluorados la importación de estos gases contenidos en los equipos de refrigeración de un vehículo si el Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) es inferior a 150
Enviado por Editorial el Vie, 31/10/2025 - 12:47La UE promueve la utilización en medios de transporte de gases fluorados de efecto invernadero con un PCA no superior a 150, por lo que la importación de estos gases contenidos en los equipos de refrigeración de los medios de transporte no está sujeta al Impuesto sobre Gases Fluorados.
La Dirección General de Tributos en su consulta V1605/2025 de 11 de septiembre de 2025 afirma que está exenta del impuesto sobre los gases fluorados la importación de estos gases contenidos en los equipos de refrigeración de un vehículo si el Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) es inferior a 150.
Existe normativa sectorial en función de la cual se promueve la utilización en medios de transporte de gases fluorados de efecto invernadero con un PCA no superior a 150, por lo que la importación de estos gases contenidos en los equipos de refrigeración de los medios de transporte estaría no sujeta.














