El TEAR de Valencia, en sentido contrario a la DGT, establece la posibilidad de aplicar la reducción del 40% a planes de pensiones en períodos impositivos distintos
Enviado por Editorial el Mié, 08/09/2021 - 12:16Hasta ahora la DGT ha declarado la imposibilidad de aplicar en otro período impositivo la reducción si ya se aplicó respecto de otras cantidades por la misma contingencia.
El Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, en Resolución de 29 de abril de 2021, fija un nuevo criterio en la aplicación del régimen transitorio de la reducción del 40% del art. 17 del RDLeg. 3/2004 (TR Ley IRPF) aplicable a los planes de pensiones y recogido en la disp. trans. duodécima de la Ley 35/2006 (Ley IRPF).