La certificación de final de obra a efectos de acreditar el valor de la obra y comienzo del plazo prescriptivo en el ICIO
Enviado por Editorial el Vie, 03/08/2018 - 10:38El TSJ de Madrid determina el valor probatorio de la certificación de final de obra respecto del valor o coste de la misma y del inicio del plazo prescriptivo. La idoneidad de dicho documento a tal efecto es indiscutible en ausencia de prueba que lo desvirtúe. Se recoge también una sentencia del TSJ de Cataluña sobre la inclusión en la base imponible del ICIO de partidas relativas al mobiliario de cocina, electrodomésticos, carpintería interior (puertas y armarios) y elementos comunes de unas viviendas, por haber sido incluidas en el proyecto.
El TSJ de Madrid en dos sentencias de febrero de 2018 aborda la incidencia de las certificaciones de final de obra. En el primero de ellos, de 1 de febrero la cuestión se cierne sobre el valor o coste de las obras que constituye la base imponible del impuesto.