Las Diputaciones forales vascas no responden por responsabilidad patrimonial frente a las empresas beneficiarias de las «vacaciones fiscales vascas»
Enviado por Editorial el Mié, 19/09/2018 - 15:11La sentencia del Tribunal Supremo, de 5 de septiembre de 2018, ha establecido que no concurren los requisitos legales para que las Diputaciones forales vascas respondan, en concepto de responsabilidad patrimonial, frente a empresas que fueron beneficiarias en su día de las denominadas ‘vacaciones fiscales vascas’ y que se vieron obligadas a su reintegro con intereses en ejecución de la Decisión de la Comisión Europea, de 2001, que las consideró ilegales. Los magistrados argumentan que “la devolución de los importes a que se vio obligada la recurrente, no constituyen un daño que la misma no tuviera el deber de soportar, sino el mecanismo de regreso a la situación de la equidad empresarial y competencial”.