El TJUE no cierra la puerta a la persecución penal y administrativa combinada de la defraudación por IVA
Enviado por Editorial el Mié, 21/03/2018 - 12:04El principio ne bis in idem no se opone a la combinación ni en la jurisprudencia del TJUE ni en la del TEDH
La protección de los intereses financieros de la Unión y el objetivo de garantizar su percepción íntegra dotan de libertad a los Estados miembros, según la sentencia de 20 de marzo de 2018 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, para elegir las sanciones aplicables -que pueden adoptar la forma de sanciones administrativas, sanciones penales o una combinación de ambas- a las infracciones cometidas por los operadores de IVA.