El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha publicado el pasado 20 de enero de 2014 una muy interesante sentencia que analiza las consecuencias tributarias de una curiosa situación de hecho que protagonizaron tres hermanos que compartían la titularidad de una determinada cuenta bancaria. Se trata, por tanto, de una situación más que habitual en la vida cotidiana cual es la titularidad compartida de las cuantas bancarias.
Pues bien, los hechos se resumen en el hecho de que uno de los hermanos rescató un seguro, cuyo pago tenía domiciliado en la cuenta bancaria compartida con su hermanos, negándose la compañía aseguradora a abonarle el importe del rescate en tanto no le presentara la correspondiente liquidación por el Impuesto de Donaciones, basándose en la circunstancia de que el tomador no era él sino su hermano, el que aparecía en primer lugar en el listado de titularidades de la cuenta.