La aplicación de la reducción por arrendamiento de vivienda en el IRPF exige la identificación de las personas físicas inquilinas cuando el arrendatario es una persona jurídica
Enviado por Editorial el Mié, 24/09/2025 - 13:41Para que proceda la aplicación de la reducción por arrendamiento de vivienda deben ser identificadas las personas físicas concretas que ocupan los inmuebles y la relación de éstas con la persona jurídica titular de los contratos de arrendamiento
Esto es lo que resuelve el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su sentencia 294/2025, de 4 de julio de 2025, rec. n.º 356/2023 en el caso de un recurrente que se limita a aportar los contratos de arrendamiento de dos pisos formalizados con una sociedad por plazo de 5 años, que serían destinados a vivienda, sometidos al arrendamiento de vivienda de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU) y no excluidos de esta. También aporta el certificado emitido por el administrador de la sociedad arrendataria, que certifica su destino y uso como viviendas de personas físicas. Sin embargo, en los contratos de arrendamiento aportados se especifica que los inmuebles son arrendados a la sociedad, pero no se identifica qué personas físicas concretas ocuparan los inmuebles como vivienda habitual, ni su relación con dicha sociedad.