El TJUE confirma la aplicación de la exención de derechos de importación de las mercancías de retorno cuando no existe fraude, aunque no se hayan presentado en aduana ni tampoco la declaración de despacho a libre práctica
Enviado por Editorial el Vie, 13/06/2025 - 13:17El TJUE resuelve que salvo que constituya una tentativa de fraude, el hecho de que las mercancías de retorno no hayan sido objeto de la presentación en aduana ni de la declaración de despacho a libre práctica no impide, en virtud del art. 86.6 del código aduanero, que las reimportaciones de bienes al territorio de la Unión, en el estado en el que estos fueron exportados, se acojan a la exención del IVA para las operaciones de reimportación de bienes y señala que el código aduanero de la Unión indica que «es oportuno tener en cuenta la buena fe de los operadores en el caso de las deudas aduaneras que nazcan por incumplimiento de la legislación aduanera y reducir en todo lo posible las consecuencias de la negligencia del deudor».
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 12 de junio de 2025, recaída en el asunto C-125/24 confirma la aplicación de la exención de derechos de importación de las mercancías de retorno cuando no existe fraude, aunque no se hayan presentado en aduana ni tampoco la declaración de despacho a libre práctica. El código aduanero de la Unión indica que «es oportuno tener en cuenta la buena fe de los operadores en el caso de las deudas aduaneras que nazcan por incumplimiento de la legislación aduanera y reducir en todo lo posible las consecuencias de la negligencia del deudor» y por ello salvo que constituya una tentativa de fraude, el hecho de que las mercancías de retorno no hayan sido objeto de la presentación en aduana ni de la declaración de despacho a libre práctica no impide, en virtud del art. 86.6 del código aduanero, que las reimportaciones de bienes al territorio de la Unión, en el estado en el que estos fueron exportados, se acojan a la exención del IVA conforme al art. 143.1.e) de la Directiva IVA.