El TS fija como doctrina que no cabe la revisión de nulidad de pleno derecho de las liquidaciones firmes del impuesto sobre plusvalía (IIVTNU)
Enviado por Editorial el Vie, 20/03/2020 - 13:52El Tribunal Supremo niega la posibilidad de revisar mediante el procedimiento de nulidad de pleno derecho las liquidaciones firmes y consentidas del impuesto municipal sobre plusvalías (IIVTNU).
Según el Tribunal Supremo en una reciente sentencia de 6 de marzo de 2020, se niega la posibilidad de revisar mediante el procedimiento de nulidad de pleno derecho las liquidaciones firmes y consentidas del impuesto municipal sobre plusvalías (IIVTNU).
El TS fija la doctrina de interés casacional y afirma que en un caso como el examinado, en que existió un incremento de valor del terreno que determinó el devengo del IIVTNU, las declaraciones de inconstitucionalidad del art. 107.4 TRLHL efectuadas en las SSTC 59/2017 y 126/2019, no permiten revisar en favor del obligado tributario actos administrativos de liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que hayan quedado firmes por haber sido consentidos al tiempo de la publicación de tales sentencias. En todo caso la revisión de estas liquidaciones firmes queda excluida por la propia limitación de los efectos de la declaración de inconstitucionalidad que contiene la STC 126/2019.