La escritura que documenta la cesión o transmisión de una oficina de expendeduría de tabaco y timbre del Estado está sujeta a AJD al ser inscribible en el Registro de Bienes Muebles
Enviado por Editorial el Mar, 16/06/2026 - 09:42Concretamente en la Sección 5ª ("Sección de otros bienes muebles registrables"), y su inscribilidad debe entenderse como acceso a los Registros, en el sentido de que basta con que el documento sea susceptible de inscripción, siendo indiferente el que la inscripción efectiva no llegue a producirse, o que la inscripción sea obligatoria o voluntaria
Esto es lo que resuelve la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 201/2026, de 20 de marzo de 2026, rec. núm. 298/2024, también la núm. 762/2025, de 14 de noviembre de 2025, rec. núm. 62/2024, o la más importante, la núm. 276/2024, de 30 de abril de 2024, rec. núm. 694/2022. Esta última aplica a las expendedurías de tabaco la doctrina del Tribunal Supremo que establece que la primera copia de una escritura notarial en la que se documenta la cesión o transmisión de una oficina de farmacia es un acto sujeto, conforme a lo dispuesto en el artículo 31.2 Texto Refundido de la Ley ITP y AJD, al impuesto sobre actos jurídicos documentados, al ser inscribible tal título en el Registro de Bienes Muebles.
En las sentencias de 26 de noviembre de 2020, números 1607/2020 y 1608/2020), dictadas en recursos números 3631/2019 y 3873/2019, el TS modificó su criterio anterior y sentó doctrina en el sentido de que en el caso de las primeras copias de escrituras notariales en las que se documente la cesión o transmisión de una oficina de farmacia, nos encontramos ante actos sujetos a la cuota gradual de actos jurídicos documentales, documentos notariales, al ser inscribibles en el Registro de Bienes Muebles, creado en la disposición adicional única del Real decreto 1828/1999, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de Contratación. La segunda sentencia señala en su fundamento de derecho segundo lo siguiente:














