El TSJ de Cataluña se pronuncia sobre la notificación defectuosa en caso de residencia fiscal en el extranjero
Enviado por Editorial el Mié, 25/02/2026 - 09:52El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anula una liquidación al considerar defectuosa la notificación edictal: la Administración ignoró la residencia fiscal en el extranjero del contribuyente, pese a constar en sus datos, generando indefensión al no indagar su domicilio real.
En la sentencia de 16 de febrero de 2026, recaída en el recurso n.º 2413/2023, el TSJ de Cataluña aborda la validez de una notificación practicada cuando la Administración tenía conocimiento de la residencia fiscal del contribuyente en el extranjero. El tribunal determina la existencia de indefensión al omitirse la indagación del domicilio real por parte de la Administración, lo que conlleva la anulación de la resolución impugnada.
La parte actora impugnó la resolución objeto del recurso a causa de los defectos existentes en la notificación de la liquidación.














