¿Puede recurrirse una ordenanza fiscal con ocasión de la impugnación de una providencia de apremio, cuya ilegalidad podría fundar la nulidad de las liquidaciones reclamadas en aquella providencia?
Enviado por Editorial el Mié, 19/03/2025 - 10:32Impugnación indirecta de disposiciones de carácter general y su relación con los motivos tasados de oposición a la providencia de apremio que se estima suficientemente fundado a los efectos de admisión del recurso, que cuenta con notoria proyección general y que deriva de un proceso en el que se impugnó indirectamente una disposición de carácter general.
En el Auto del Tribunal Supremo de 5 de marzo de 2025, recurso n.º 2089/2024 se plantea la cuestión de si con ocasión de la impugnación de una providencia de apremio, es admisible recurrir indirectamente una disposición de carácter general -en este caso, la ordenanza local reguladora del precio público establecido por el abastecimiento de agua- cuya ilegalidad podría fundar la nulidad de las liquidaciones reclamadas en aquella providencia. En particular, discernir si dicho recurso indirecto contra la ordenanza es posible cuando el obligado tributario pudo impugnar la disposición general, bien de forma directa, bien de modo indirecto con ocasión del recurso frente a las liquidaciones apremiadas, sin así haberlo hecho. En caso de responder afirmativamente a las anteriores cuestiones, aclarar si, en atención al art.73 LJCA, la anulación de la disposición general en dicho recurso indirecto afecta a los actos de liquidación firmes dictados a su amparo con anterioridad a dicha anulación y, por consiguiente, a la providencia de apremio que reclama dichas deudas.