La declaración de gastos reales, aunque no deducibles, no implica conducta defraudatoria (TS 20-06-2006)
Enviado por Editorial el Mar, 05/09/2006 - 19:19Del Tribunal Supremo, debemos destacar la sentencia de 20 de junio de 2006 que, en el entorno de los delitos contra la Hacienda Pública, entiende que para que se produzca el delito de defraudación tributaria no basta el mero impago de las cuotas, sino que requiere además un elemento de mendacidad: La responsabilidad penal surge no tanto del impago como de la ocultación de bases tributarias o la ficción de beneficios fiscales o gastos deducibles inexistentes.