Si no se ha obtenido el reconocimiento judicial de tutor del causante no es posible aplicar la reducción en el ISD aunque la tramitación de este procedimiento se había iniciado
Enviado por Editorial el Mié, 22/10/2025 - 11:15Para aplicar las bonificaciones fiscales previstas en el Impuesto de Sucesiones para tutores legales es necesaria de sentencia judicial firme que reconozca la tutela de la recurrente sobre la causante.
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en su sentencia de 21 de abril de 2025, recaída en el recurso n.º 127/2024 niega la aplicación de la reducción en el ISD, pretendida por la recurrente, ya que el momento del fallecimiento de la causante del impuesto no había sido nombrada tutora judicial. Para la aplicación de este beneficio fiscal es necesario el reconocimiento judicial o administrativo, y no puede pretenderse una interpretación extensiva de este beneficio fiscal a la vista del art. 14 LGT.














