El TS pide al TC pronunciamiento sobre el tratamiento desigual en el Impuesto de Sucesiones para los no residentes en la Comunidad Valenciana
Enviado por mariacampos el Mié, 31/07/2013 - 13:02A través de su auto de 8 de mayo de 2013 el Tribunal Supremo eleva cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional respecto del art. 12 bis de la Ley 13/1997 de la Comunidad Valenciana (Regulación del tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos), en la redacción dada por la Ley 10/2006 -que es la versión actualmente vigente-, que el Tribunal considera contrario a los arts. 14, 31.1 y 139.1 de la Constitución Española por una serie de razones tales como:
- Que entre los sujetos pasivos del Impuesto de Sucesiones regulado en la Ley 13/1997, y en concreto respecto al beneficio fiscal regulado en el artículo puesto a debate, existe una situación de absoluta igualdad.
- Que el tratamiento desigual en la bonificación fiscal que deriva del elemento de la residencia no responde a ningún fin constitucionalmente legítimo, y que por tanto, al introducir tal elemento diferencial en la regulación del beneficio, se vulneran los arts. 14 y 31.1 CE.
- Que el tratamiento diferencial en la regulación del beneficio fiscal establecido en el artículo litigioso, basado exclusivamente en el elemento de la residencia en la Comunidad Autónoma, constituye un trato desigual entre españoles contrario a lo dispuesto en el art. 139.1 CE.