Es deducible el IVA soportado en escritura pública cuando el vendedor se niega a entregar factura (TSJ Cataluña 02-04-2007)
Enviado por Editorial el Mié, 07/11/2007 - 12:49Podemos ver esta solución en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 2 de abril de 2007. Se analiza en este caso la procedencia de la deducción de un IVA soportado a falta de la factura original expedida por quien realizó la entrega de bienes: Los recurrentes adquirieron a una entidad mediante escritura pública un solar y una nave en construcción cuyas obras de finalización se contrataron con otra empresa.