Derivación de responsabilidad al asesor fiscal por intervención activa en la simulación de domicilio fiscal en Canarias con la finalidad de eludir el IVA
Enviado por Editorial el Jue, 09/04/2026 - 11:23El conocimiento por parte de un asesor fiscal de la discordancia entre la realidad económica de un cliente y la configuración formal declarada, así como la voluntad de colaborar en la obtención de un beneficio fiscal indebido, permiten declarar su responsabilidad solidaria, a pesar de la absolución en vía penal o de la prestación de los servicios de asesoramiento a través de una persona jurídica instrumental.
La Audiencia Nacional, en su sentencia de 4 de febrero de 2026, recaída en el recurso n.º 2950/2021, se pronuncia sobre la derivación de responsabilidad solidaria a una profesional, asesora fiscal, por participación activa en la fijación y simulación de un domicilio fiscal ficticio en Canarias para una entidad cliente, con el objetivo de eludir la tributación por el IVA.
La sentencia examina la conformidad a Derecho de un acuerdo de derivación de responsabilidad solidaria dictado al amparo del art. 42.1.a) LGT en relación con deudas tributarias y sanciones derivadas del IVA del ejercicio 2011, correspondientes a la entidad deudora principal.














