Una vez más nos encontramos con un pronunciamiento que contiene un excelente análisis jurídico, esta vez en lo que tiene que ver con la interpretación de las normas y con la jerarquía normativa. Se trata de la sentencia del Tribunal Supremo, de 12 de marzo de 2015, que analiza la aplicabilidad o no de la presunción iuris et de iure que contenía el art. 5.Uno Ley 37/1992 (Ley IVA), en su redacción original, respecto del carácter de empresario o profesional a efectos del IVA de las sociedades mercantiles, cuando la jurisprudencia comunitaria ya se había manifestado en sentido contrario, que sólo podían tener esa consideración aquellas que desarrollaran su actividad con ánimo de lucro.