La obtención de subvenciones invierte la carga de la prueba sobre el proyecto de I+D
Enviado por Editorial el Lun, 03/03/2014 - 10:24La sentencia del Tribunal Supremo, de 12 de enero de 2014, dictada en recurso de casación para la unificación de doctrina, concluye que al abordar la concurrencia de la aplicación de la deducción de I+D nos enfrentamos con conocimientos de carácter científico y técnico en orden a determinar cuándo estamos ante la novedad de un proyecto, producto o sistema, lo cual descansa sobre nociones que poseen un decisivo componente técnico valorativo que, evidentemente, sobrepasa el ámbito de los conocimientos científicos o técnicos que cabe presumir, en primer lugar, en los funcionarios de los servicios de Inspección, y después, en los encargados de las funciones de revisión, con carácter general.