Doctrina Administrativa

Fecha en que debe entenderse efectuado el cobro de una factura pagada mediante giro bancario

La Dirección General de Tributos, en consulta de 30 de mayo de 2014, analiza la fecha en que debe entenderse efectuado el cobro de una factura que es pagada mediante giro bancario adeudado en la cuenta del cliente, teniendo en cuenta que el cliente tiene ocho semanas para la devolución de los recibos cargados en cuenta y que estamos ante un obligado tributario acogido al régimen especial de criterio de caja.

El TEAC unifica criterio: se puede aplicar el régimen sancionador a los incumplimientos de obligaciones tributarias materiales sin un procedimiento previo de aplicación de los tributos

El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su resolución de 3 de julio de 2014, establece en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio que si se dispone de los datos o pruebas necesarios para la fijación en el procedimiento sancionador de los elementos determinantes de la infracción y la sanción, resulta posible la aplicación del régimen sancionador tributario a los incumplimientos de obligaciones tributarias materiales sin necesidad de tramitar previamente un procedimiento de aplicación de los tributos destinado a comprobar esas obligaciones materiales.

El pago de una indemnización por la renuncia al derecho a apelar una sentencia es una prestación de servicios

La Dirección General de Tributos, en consulta de 8 de abril de 2014, analiza si el pago de una cantidad de dinero por parte de un administrador a una empresa, por la renuncia de la segunda al derecho a apelar una sentencia, debe ser considerada como una indemnización o como una prestación de servicios.

El TEAC unifica criterio: se mantiene la reducción del 25 por ciento ante el ingreso total de la sanción reducida dentro del plazo otorgado para subsanar defectos de la solicitud de aplazamiento

El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su resolución de 25 de junio de 2014, establece en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio que procede el mantenimiento de la reducción de la sanción del 25 por ciento en el caso de que el sujeto infractor solicite aplazamiento o fraccionamiento del pago de la sanción con ofrecimiento de garantía de aval o certificado de seguro de caución, y con posterioridad y dentro del plazo otorgado en el requerimiento correspondiente para subsanar los defectos de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, se proceda al ingreso total de la sanción reducida.

Selección de doctrina administrativa. Junio 2014 (2.ª quincena)

La aptitud del producto para la alimentación humana o animal es lo que determina la aplicación del tipo reducido

El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su resolución de 22 de mayo de 2014, analiza, en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio, lo que define la sujeción al tipo reducido del Impuesto de los bienes relacionados con la nutrición humana o alimentación animal.

Sobre el peligro de los desplazamientos recurrentes a efectos de la consideración de establecimiento permanente

La Dirección General de Tributos ha dado contestación el 14 de abril de 2014 a una de sus consultas, sobre el concepto de establecimiento permanente, en la que la importancia viene dada por el repaso detallado que contiene sobre el concepto ‘lugar fijo de negocios’, que es el requisito base para la consideración de la existencia de un establecimiento permanente de una persona, física -como en este caso-, o jurídica, fuera del Estado del que es residente.

Selección de doctrina administrativa. Junio 2014 (1.ª quincena)

El gasto del móvil personal del empleado es deducible en IS

La Dirección General de Tributos ha analizado en su consulta, de 2 de abril de 2014, la posibilidad de considerar como gasto deducible para la empresa, en el Impuesto sobre Sociedades, la compensación abonada a los empleados por el uso de su móvil personal para fines profesionales –uso de voz y datos- y su implicación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del trabajor. Este tipo de práctica es conocida como “BYOD” –Bring your own device-.

Cambio de criterio del TEAC ante la comunicación tardía de la interposición del recurso contencioso-administrativo con solicitud de suspensión

El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su resolución de 8 de mayo de 2014, analiza las distintas situaciones que se pueden dar ante la comunicación tardía del contribuyente a la Administración tributaria de la interposición de un recurso contencioso administrativo con solicitud de suspensión, cambiando el criterio respecto a la liquidación en ejecución dictada sin haber practicado el interesado la comunicación a que se refiere el art. 233.8 de la Ley 58/2003 (LGT) pero después de haber solicitado al órgano jurisdiccional la suspensión.

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