Fecha en que debe entenderse efectuado el cobro de una factura pagada mediante giro bancario
Enviado por Editorial el Mié, 16/07/2014 - 09:37La Dirección General de Tributos, en consulta de 30 de mayo de 2014, analiza la fecha en que debe entenderse efectuado el cobro de una factura que es pagada mediante giro bancario adeudado en la cuenta del cliente, teniendo en cuenta que el cliente tiene ocho semanas para la devolución de los recibos cargados en cuenta y que estamos ante un obligado tributario acogido al régimen especial de criterio de caja.