La falta de justificación de la existencia de activos ocultos por parte del sujeto pasivo es una prueba válida para imputar sanciones por incrementos no justificados de patrimonio, siempre que no sea la única
Enviado por Editorial el Vie, 01/12/2017 - 14:22Es una prueba más que, en análisis conjunto de la prueba, suma a la imputación de la sanción, sin que por ello se ponga en entredicho la presunción de inocencia del sujeto pasivo
La sentencia del Tribunal Supremo, de 8 de noviembre de 2017, que ha seguido los cauces del recurso de casación para la unificación de doctrina -aunque no se ha podido culminar por no presentar las sentencias de contraste la contradicción necesaria para que se cumplieran los requisitos de acceso al mismo- es aprovechada, no obstante, por el Supremo para recordar su jurisprudencia en la materia y puntualizar sobre el valor que la ausencia de explicaciones justificativas de los contribuyentes en lo que tiene que ver con la existencia de los bienes cuya titularidad se les pretende imputar por considerar no justificada.