La DGT vuelve a reiterar que las consultas tributarias escritas vinculan a los Ayuntamientos
Enviado por Editorial el Mié, 07/11/2018 - 14:36La DGT reitera el carácter vinculante de las consultas tributarias para las Entidades Locales esa la vez que establece la total independencia entre la exención rogada y bonificación potestativa aplicable a los bienes inmuebles de las Universidades
La DGT en dos consultas de 17 de septiembre, V2501/2018 y V2502/2018 la DGT concluye que la contestación a las consultas tributarias escritas tendrá efectos vinculantes para los órganos y entidades de la Administración tributaria de las Entidades Locales encargados de la aplicación de los tributos, pues aunque los efectos vinculantes de la contestación a las consultas tributarias se circunscriben a la persona del consultante, respecto al resto de obligados tributarios, los órganos de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos deberán aplicar los criterios expresados en dicha contestación siempre que exista identidad entre los hechos y circunstancias.
Ambas consultas abordan la independencia entre de la exención del IBI de los bienes inmuebles afectos al cumplimiento de los fines de las Universidades públicas y la bonificación potestativa en cuota íntegra introducida por la Ley Orgánica 4/2007, que se refiere a todos los inmuebles y a todos los centros de enseñanza universitaria.